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Sudeban prohíbe puntos de venta en dólares Flexipos

Con esta medida Sudeban impide a comercios y servicios que usan esos puntos de venta depositar los montos de la facturación directamente en sus cuentas en el exterior a través de Zelle, y obliga a hacerlo en las cuentas en divisas ahora abiertas en Venezuela.

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Sudeban (Superintendencia de Bancos) emitió un comunicado oficial en el que «alerta sobre el uso de dispositivos que procesan transacciones al margen del sistema nacional de pagos». Esto significa la prohibición de plataformas como «Flexipos», cuyo uso se había venido extiendo en Venezuela, en medio de una dolarización informal y anárquica en las transacciones.

Esta medida impide a los comercios y servicios que usan esos puntos de venta depositar los montos de la facturación directamente en sus cuentas en el exterior a través de Zelle. Esta práctica es común, en lugar de hacerlo en las cuentas en divisas ahora abiertas en Venezuela.

La Circular SIB-DSB-CJ-OD-0080, de Sudeban, con fecha 9 de febrero de 2021, establece la prohibición expresa de esta plataforma.

Servicio internacional

Un reciente comunicado de la empresa Flexipos Corporation explicaba que tiene clientes en México, República Dominicana, Panamá, Estados Unidos y Ecuador. En los últimos cinco años ha entregado más de 500.000 dispositivos de pagos a clientes.

En Venezuela sus productos son comercializados por la empresa Newtech Solutions Group, para las plataformas de pago Banesco, Platco y Consorcio Credicard, pero no de manera exclusiva para el país.

La empresa define a Flexipos como «un punto de venta portátil y flexible con pantalla táctil, compatible con cualquier plataforma bancaria y certificado para aceptar todas las marcas de tarjetas de crédito y débito».
«Es portátil y no requiere papel, ni celular. Este MiniPOS soporta pagos con tarjetas de chip (EMV) y sin contacto (NFC) y es compatible con: VISA, MASTER CARD, AMEX y disponibles para toda América Latina».

Sudeban entra en escena

«Luego de las visitas de inspección realizadas a los Proveedores de Puntos de Venta, se evidenció la comercialización de equipos de la marca «Flexipos» con el aplicativo Net 24/7, propiedad de la empresa Services 24-7, LLC, domiciliada en el estado de Florida de los Estados Unidos de América», explica el comunicado de Sudeban.

Este sistema «le permite a los establecimientos comerciales que utilizan tales dispositivos procesar transacciones exclusivamente con tarjetas de débito y crédito internacionales al margen del sistema nacional de pagos».

«La práctica a través de la utilización de los puntos de venta «Flexipos» con el aplicativo Net 24/7, pudiera estar contribuyendo con la ejecución de actividades contrarias a la normativa nacional vigente en materia de Legitimación de Capitales, Financiamiento al Terrorismo y Financiamiento de la proliferación de Armas de Destrucción Masiva», afirma.

«Luego de las mencionadas visitas de inspección realizadas, este Ente Regulador concluye que la condición de proveedor de puntos de venta ha sido empleada para ubicar físicamente los equipos en los comercios nacionales y permitir la actividad de Services 24-7, LLC y su aplicativo Net 24/7 en territorio venezolano, sin autorización por parte de este Organismo».

Sudeban reitera a las instituciones bancarias «como responsables de todo lo relativo al servicio de punto de venta, velar por el uso adecuado de los equipos por parte de los negocios o personas afiliadas a los cuales el proveedor los instale, especialmente en cuanto a la realización de operaciones no autorizadas».

La banca deberá verificar que la empresa Services 24-7, LLC y el aplicativo desarrollado por ella denominado NET 24/7, «no utilice las plataformas comerciales desarrolladas por los proveedores de puntos de venta autorizados a fin de facilitar realizar transacciones con tarjetas de débito y crédito internacionales al margen de la legislación bancaria y cambiaria nacional vigente».

También insta a la población, al comercio y a las instituciones bancarias, «a no contratar o realizar alianzas con empresas que pretendan prestar servicios de esta naturaleza sin la autorización de esta Superintendencia y el Banco del Central de Venezuela».

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