Venezuela

Reforma en Tribunal Supremo y Fiscalía deja firme el control del chavismo

En medio de una investigación de la Corte Penal Internacional por supuestos delitos de lesa humanidad, el chavismo se esfuerza por mantener el control del Tribunal Supremo reduciendo plazas de magistrados. En el Ministerio Público, cierto maquillaje concentra más poder en el fiscal Tarek William Saab.

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El día martes en horas de la noche la Asamblea Nacional sancionó la reforma a la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia y también aprobó nuevos lineamientos en el Ministerio Público. Pero todo es un maquillaje. El control político sobre ambas instituciones por parte del Ejecutivo no se puede ocultar.

Desde la esquina de Dos Pilitas, en Caracas, donde se encuentra el edificio del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), su presidente Mikel Moreno y sus 31 compañeros, quieren tapar el sol con un dedo, pero, ni con sus 64 manos podrán hacerlo.

La reforma que hicieron para nada oculta el control político que tendrá nuevamente la Asamblea Nacional sobre el máximo juzgado de Venezuela.

¿El Partido Socialista Unidos de Venezuela (Psuv) perdió el control del actual TSJ?

El caso más reciente de desobediencia dentro de los oscuros pasillos del TSJ, ocurrió precisamente en la Sala Constitucional, donde según fuentes del propio tribunal, los magistrados de esta instancia no quisieron fallar en el caso de las elecciones del estado Barinas. Es decir, no habrían querido utilizar sus nombres para ese acto ilegal de anular la victoria de Freddy Superlano. Es por ello que la Sala Electoral dio el zarpazo.

Control político

Entonces, utilizando el argumento de que están siguiendo recomendaciones para devolver la institucionalidad al Poder Judicial, modificaron la ley para salir de algunos magistrados que ya no son de confianza. Así pues, cambiaron el artículo 8 de la norma para bajar de 32 a 20 el número de jueces titulares del TSJ.

Es de recordar que el mismo chavismo lo había aumentado de 17 a 32 en el año 2006 para poder tomar el control del tribunal rector. Ahora, la Sala Constitucional tendrá cinco magistrados y las demás salas sólo tres.

En algún momento tendrá problemas con las decisiones en Sala Plena, cuando llegue el momento de votar y tomar alguna decisión y el resultado sea paridad de votos. Ya esto ocurrió en años anterior por no tener en número impar la cantidad de magistrados, como en el pasado, 17.

Para la abogada experta en derecho constitucional, Mariana Campos, los líderes del chavismo disminuyeron el número de magistrados porque no tienen control político sobre todos.

Sin separación de poderes

“Ellos pensaron que nombrando una mayor cantidad de magistrados iban a poder controlar mejor al TSJ. Se les han volteado varios, aunque no pareciera así. Si nos metemos en esta reforma, ellos están reconociendo las prácticas antidemocráticas que venían llevando a cabo por la violación del principio de separación de poderes, el ingreso a la carrera judicial de manera irregular, entre otros”, indicó.

Para Campos, una de las cosas que más resalta de estos cambios, es que quieren maquillar todo lo que hicieron ilegalmente durante la gestión de la Asamblea Nacional 2016-2021.

“En el reformado artículo 25 hacen mención a que la Sala Constitucional no debe modificar las leyes, no debe hacer leyes ni anularlas, por iniciativa propia, que era lo que venía haciendo. Con esta reforma están reconociendo toda la ilegalidad que había en esas sentencias pasadas”, dijo la experta.

Así quedó este artículo:

Artículo 25. Son competencias de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia: (…)

“La facultad de la Sala Constitucional en su actividad de conocer y decidir los asuntos de su competencia, no abarca la modificación del contenido de las leyes. En todo caso, en resguardo de la seguridad jurídica, si la interpretación judicial da lugar a una modificación legislativa, la Sala deberá así referirlo para que la Asamblea Nacional, en uso de sus facultades constitucionales realice las modificaciones o reformas a que hubiere lugar”.

Más que una reforma, pareciera una confesión ante la Corte Penal Internacional (CPI) de todos los hechos ilícitos que se cometieron en los juzgados de las diferentes salas del TSJ. Los cambios, por ejemplo, se aprecian en el numeral 6 del artículo 36, que  dice: “nombrar y juramentar a las juezas y jueces de la República, conforme a lo previsto en el artículo 255 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela”.

“Es innecesario decirlo porque ya la Constitución lo establece. Esto lo que hace es reconocer que en efecto se venían nombrando los jueces a dedo, sin cumplir con los requisitos del ingreso a la carrera judicial que debe hacer por concursos de oposición públicos”, aseveró Campos.

Designación de magistrados

Otro artículo que reforman de los 14 que modificaron, es el 38. “Las Magistradas y Magistrados del Tribunal Supremo de Justicia serán designadas o designados por la Asamblea Nacional, por un período único de doce años, mediante el procedimiento siguiente: Cuando sea recibida la segunda preselección que consigne el Poder Ciudadano, de conformidad con el artículo 264 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y esta Ley, la Asamblea Nacional hará la selección definitiva con el voto favorable de las dos terceras (2/3) partes de sus miembros en sesión plenaria que sea convocada, por lo menos, con tres días hábiles de anticipación. Cumplidas tres sesiones consecutivas en las que no haya acuerdo para la designación de las Magistradas o Magistrados, se convocará a una cuarta sesión en la cual serán designados por mayoría simple de los diputados presentes”.

Resulta que, la primera preselección será hecha por un comité de 21 personas, de ellos, 11 son parlamentarios del Psuv, la mitad más uno. Después, la selección definitiva la hará la Asamblea Nacional, es decir, se pagan y se dan el vuelto, como se dice coloquialmente.

“Con este proceso de escogencia de jueces, pasando por encima de la Carta Magna, lo único que están garantizando es que el Psuv sea el que pueda controlar la Sala Constitucional y el TSJ en general”, afirmó La constitucionalista.

El dedazo persiste

Los cambios en la ley del TSJ también indican que la escogencia de jueces suplentes se realizará como está estipulado en el Artículo 263 de la Constitución. Ya no cómo se hacía hasta ahora, según las fuentes consultadas, a dedo, violando todo el proceso de designación de magistrados del máximo tribunal de la República. Siguen las confesiones.

Con la reforma de los 81 y 83 que tienen que ver con la Escuela Nacional de la Magistratura y la Inspectoría de General de Tribunales, los socialistas podrían ampliar aún más su control sobre el poder judicial, no solo sobre el Tribunal Supremo.

“Tanto el director de la Escuela Nacional de la Magistratura como el inspector general, que eran electos por la Sala Plena, ahora serán nombrados por el Parlamento, esto dota de un mayor control político al parlamento. Es decir, el poder legislativo arrebata una competencia a la Sala Plena para tomar decisiones que eran propias del poder judicial”, explicó Campos.

Los cambios presentados en esta “reforma” en el Tribunal Supremo, traen atributos que ya están contemplados en la Constitución de la República y fueron obviados durante mucho tiempo. Ahora los presentan como la reinstitucionalización de los que ellos mismos destruyeron. La base del Estado, la justicia.

El Ministerio Público (Fiscalía)

¿Nuevas directrices o más de lo mismo en el Ministerio Público?

Esta semana de mediados del mes de enero de 2022, también se pudo conocer de nuevas órdenes emanadas del despacho del fiscal general designado por la sepultada constituyente, Tarek William Saab, de las cuales se desprenden más controles por parte de Saab y menos autonomía para los fiscales y peritos de investigación del Ministerio Público.

En una primera circular, el fiscal general ordenó “elevar consultas relativas a sobreseimientos, órdenes de aprehensión, órdenes de allanamientos, revisión de medias, cambio de calificación y sentencias absolutorias que considere relevante”, a su director inmediato quien deberá a su vez consultarlas con Saab.

Tarek William Saab deja por sentado que, aunque los directores deben cumplir con sus funciones de coordinar, supervisar y cooperar, los funcionarios deben “respetar las orientaciones delineadas por mi despacho en pro de la justicia y los derechos humanos”.

Es decir, ¿se hace lo que ordene el fiscal general, y no lo que arroje el trabajo de los fiscales?

Metas corporativas

En otra comunicación, el fiscal general exige el cumplimiento de metas como si se tratara de la producción de algún producto comercial de primera necesidad.

En el texto del Ministerio Público, les solicita a los funcionarios al menos 10 actos conclusivos al mes. Asimismo, deben realizar dos órdenes de aprehensión y 20 actos de imputación cada 30 días.

A pesar de estas órdenes, los fiscales deben consultar con sus directores, quienes a su vez siguiendo mandatos del fiscal general, darán respuesta de lo que procede y lo que no.

Para el exdirector de Actuación Procesal, Zair Mundaray, hay razones para todas estas órdenes dictadas por Tarek William Saab.

Una de ellas sería el escaso rendimiento de los fiscales en los diferentes procesos.

Reforma TSJ

“Haber sustituido una generación de fiscales que venían incluso desde antes de la revolución, te trae inmensos problemas porque son personas que no conocen el sistema penal, no saben cómo llevar una investigación, mucho menos una investigación en materia de derechos fundamentales, con el hándicap de que eliminaste la capacidad de investigación del Ministerio Público y sin ninguna voluntad de enfrentar al Estado, porque una investigación en materia de derechos humanos, siempre terminará enfrentando al poder”, manifestó el exfiscal.

Tribunal Supremo, reforma chavista
El ex fiscal Zair Mundaray (i), en una foto de archivo, cuando estaba en Venezuela.

Grupos de poder

Estas metas impuestas desde los más alto de la fiscalía venezolana, según Mundaray, tienen que ver con los apuros que trae estar en medio de una investigación en la Corte Penal Internacional y las exigencias del fiscal Karim Kahn.

“Este será el legado de Tarek Willam Saab, quien es una persona que está atormentada porque la historia lo recordará como un violador de derechos humanos, y lo recordará como una persona que accedió al poder con un discurso sobre derechos humanos para finalmente convertirse en la negación de la dignidad del ser humano”, dijo.

Lo cierto es que, tribunales y fiscalía, tienen hasta abril para mostrar resultados a la CPI.

De acuerdo con Mundaray, aún no han podido mostrar algún avance. “Aunque ellos tienen margen de maniobra por el memorándum firmado con la Corte, será muy difícil que investiguen la cadena de mando para hacer justicia, aunque, es posible que sacrifiquen algunos nombres que no es conveniente mencionar. Suenan algunos nombres”.

El exdirector indicó que es clara la discrecionalidad que va a seguir existiendo en el Ministerio Público, toda vez que las acciones y decisiones que hagan los funcionarios deben ser canalizadas a través de la oficina de Tarek William Saab.

Nada ha cambiado.

“Tarek está dejando por escrito que él está a la cabeza de la cadena de mando, lo que se haga o se deje de hacer es su responsabilidad”, afirmó Mundaray.

Teforma Fiscalia, ministerio Público

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